Live auction - fme_445893 - SEGUNDO IMPERIO FRANCES Insigne de la SPA
Usted debe firmar y ser un comprador aprobado para pujar, Inicia sesión para pujar. Las cuentas están sujetas a la aprobación y el proceso de aprobación se alcanzan dentro de las 48 horas. No espere hasta el día en una venta se cierra el registro.Al hacer una oferta en este artículo usted está firmando un contrato jurídicamente vinculante para comprar este artículo y haga clic en «oferta» constituye una aceptación de los términos de uso de live auctions de cgb.fr.
La subasta debe ser colocado en euros enteros cantidades venta only.The se cerrará en el momento en la descripción del artículo, no se ejecutarán las ofertas recibidas en el sitio después de la hora de cierre. Veces Transmition pueden variar y las ofertas pueden ser rechazadas si espera a los últimos segundos. Para más información envie el FAQ Live auction.
Las ofertas ganadoras estarán sometidas a un 18% IVA incluido por gastos de participación a la venta.
Las ofertas ganadoras estarán sometidas a un 18% IVA incluido por gastos de participación a la venta.
Valoración : | 180 € |
Precio : | no oferta |
Oferta más alta : | no oferta |
Fecha de fin de la venta : | 14 noviembre 2023 16:18:41 |
Tipo : Insigne de la SPA
Fecha: (1850)
Nombre del taller / ciudad: 14 - Caen
Metal: latón plateado
Diámetro: 95 mm
Eje de acuñación: 12 h.
Acuñador ROQUELAY
Peso: 65 g.
Canto: lisse
Cuño: sans poinçon
Comentarios sobre el estado de conservación:
Exemplaire ayant été nettoyé, notamment à l’avers. Taches et concrétions. Présence de rayures suite à l’ancien nettoyage
Anverso
Titulatura del anverso: LA / LOI // DU 2 JUILLET 1850 // INSPECTION // SPA / CAEN.
Descripción del anverso: Légende en 6 lignes, signé : ROQUELAY.
Reverso
Descripción del reverso: Lisse .
Comentario
Jacques Delmas de Grammont, qui ne fut ni duc ni ministre mais général et député, est célèbre pour avoir fait voter par l'Assemblée nationale législative, le 2 juillet 1850, une loi dite loi Grammont : « Seront punis d'une amende de cinq à quinze francs, et pourront l'être d'un à cinq jours de prison, ceux qui auront exercé publiquement et abusivement des mauvais traitements envers les animaux domestiques5. ». Elle sera complétée par la loi n° 51-461 du 24 avril 1951. Cette loi sera abrogée par le décret n° 59-1051 du 7 septembre 1959 qui sanctionne la cruauté envers les animaux domestiques, y compris dans le cadre privé.